Buenas noches primas, María, varias cositas…
Primero: perdón por el tocho.
Como chica que lleva 17 años trabajando con un abogado de más de 40 años de experiencia te diré que:
En Madrid pueden pasar años hasta que las primas entren en prisión (condena que tú has impuesto), puesto que llevan años de retraso para señalar procedimientos, admitir demandas y denuncias, proveer escritos, investigar delitos… (si es donde yo vivo y desde el 2020 están investigando asuntos contra la salud pública -drogas- y aún no se ha hecho nada, ni siquiera ha calificado el fiscal) más si tiene que localizar, designar domicilios, citar judicialmente, señalar… no te queda ni ná.
Seguro que no entiendes nada de lo que escribo porque se escapa de tu vocabulario de ser de luz.
Otra cosa, llamar a tu ex “gay” en televisión es injuriar y difamar
(El término difamación hace referencia al acto de desacreditar a una persona con la difusión de información que puede causar un daño en su derecho al honor, dignidad o reputación.
Los delitos contra el honor están reconocidos como delito en el Código Penal.
La difamación es el acto de dañar la dignidad, el honor o la reputación de otra persona física o moral difundiendo informaciones que no son verídicas. Cuando la intención de la acusación es exponer a la persona al odio o al desprecio público, se está incurriendo en el delito de difamación.
La injuria es la publicación de un juicio de falso valor que atenta contra la reputación de otra persona. El objetivo principal aquí es ofender a la persona a la que se acusa.) cosa que tú dices que hacen. Pues para hablar mal de Alberto en la TV no mediste las consecuencias.
Vender pampas está prohibido ¿o no te leíste el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente? («BOE» núm. 185, de 03 de agosto de 2013)
“Disposición transitoria primera. Comercio de especies vegetales incluidas en el catálogo. La prohibición de comercialización de las especies vegetales incluidas en el catálogo entrará en vigor el 1 de diciembre de 2013 para los titulares de instalaciones y particulares dedicados al comercio de estas especies.”
Vender y comprar réplicas o falsificaciones: Delito contra la propiedad industrial e intelectual, por si no lo sabías:
“Se considera delito vender productos falsos siempre y cuando no haya consentimiento de la marca, con fines industriales o comerciales, sin consentimiento del titular de un derecho de propiedad industrial registrado. Establece el artículo 274 del Código Penal que será castigado con las penas de uno a cuatro años de prisión y multa de doce a veinticuatro meses el que, con fines industriales o comerciales, sin consentimiento del titular de un derecho de propiedad industrial registrado conforme a la legislación de marcas y con conocimiento del registro”
Tenemos un asunto de varios chicos imputados por vender mercancía falsa (réplicas y falsificaciones) de marcas de alta gama, pues les piden prisión y multas dinerarias, a ver si se va a volver contra ti si investigan un poco más, pues te cerraron vinted por vender falsificaciones. También reprodujiste el logo de Chanel en un bolso y lo sorteaste.
Mostrar a personas privadas en redes sociales y mofarte de ellas. Conversaciones privadas y, lo más importante, mostrar información personal de ellas (como cuando compartiste información personal, su teléfono móvil, de un cliente de tu trabajo): Delito contra la intimidad “Este delito sería de descubrimiento y revelación de secretos, regulado en nuestro Código Penal en el artículo 197, un delito que está castigado con penas de cárcel de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.”
Y sobre todo y no menos importante: MALTRATO ANIMAL. Dejar morir a tu gata Prada, dejarla sola durante una semana sin cuidados ni atención, y de otros muchos que no sabemos a ciencia cierta. Responsabilidad legal de atención y cuidado.
Vender online de forma ilegal, sin darte de alta como autónoma:
“El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos es aquel en el que deben de estar dadas de alta todas aquellas personas que realicen de forma habitual, personal y directa una o varias actividades económicas a título lucrativo” Y no, no salía tu negocio online de venta de ropa y accesorios en las páginas de información de empresas y negocios. A día de hoy sigues vendiendo cosas de forma ilegal ¿o acaso lo declaras?
También podría mencionar la de años que estuviste promocionándote en las RRSS de la gente y luego iban a hacer lo mismo a la tuya y te ponías como una energúmena, que tu cuenta no era un tablón de anuncios, que no lo hicieran.
O cuando te reías de la gente: De ese bebé al que llamaste gordo, de ese hombre enfermo, que decías que se lo merecía. Riéndote con Alberto de una señora (o señor) que iba con paraguas en verano porque se quería proteger del Sol.
Se me olvidarán mil cosas más, pero “consejos vendo y para mí no tengo”
No te hagas llamar buena persona, buena niña, ser de luz… porque, lo primero: lo suyo es que lo diga la gente de ti; y lo segundo: si lo fueras estarías rodeada de amigos de la infancia y amigos que haces a lo largo de tu vida y no es así, te duran lo mismo que duran tus peluditos en tu casa ¡NADA!
Hale María, ya nos irás diciendo si la denuncia prospera en los Juzgados, investigan quién hay detrás de los mensajes que has aportado (ya que muchas veces ni localizan a un imputado que está en orden de busca y captura, tardan meses, o ni se mueven por localizar a un neerlandés que es ciudadano de la Unión Europea y deben de tener todos sus datos, y no hablo de la Policía, hablo de la justicia en general) y no, no apoyo el bulling, pero sí apoyo que se haga justicia por los animalitos que han pasado por tus manos y no han tenido voz para defenderse.
Ojalá y hayas conseguido el efecto contrario.
(PD: Si me he equivocado en algún artículo o definición, pido perdón, no soy abogada, ni jurista, pero sí tengo conocimientos ya que, como he dicho antes, llevo 17 años con un abogado, desde los 18 recién cumplidos, vaya…)