Lo de donaciones no coleccionables según tengo entendido no es tan facil.Esto es así.
El día que fallezca tu abuela y se abra la herencia, se deben respetar las legítimas salvo que haya desheredado a alguien (por las causas tasadas en la ley) o sea indigno para suceder (idem) por ejemplo, por no haber prestado los cuidados debidos a la abuela.
Las donaciones hechas en vida de tu abuela a legitimarios o a terceros en caso de ser colacionables serán parte de esa legítima.
Mientras ella viva puede hacer lo que quiera con su dinero, el día que fallezca es cuando se "hacen cuentas".
Los herederos pueden impugnarlo diciendo que al hacer esas donaciones se ha perjudicado su legítima y esas donaciones pueden deshacerse y pasar al caudal hereditario.
Si no cualquiera que no quisiera dejar a herencia a uno de sus herederos legítimos donaría todos sus bienes por ejemplo al otro hijo y pondria no coleccionable y los demás se quedarían sin nada.