He mirado un poco el tema en internet y parece ser que puedes cobrarla aunque te hayas separado si entre la separación y la defunción no han pasado mas de 10 años y no se haya vuelto a casar o se haya constituido como pareja de hecho. Que en este caso podrían cobrarlo ambas de forma equitativa respecto al tiempo que hayan convivido con el marranico.yo creo q la pensión de viudedad la cobra quien estuviera casado)a con el difunto/a. Si ya no están casados, no hay pensión.