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Sí tienes descanso cuando te reduces la jornada, la parte proporcional.Se supone q si tiene reduccion de jornada no tiene derecho a descanso... como para irse a mirar veinte productos e incluso hacer un video yendo al primaprix.. almenos en mi empresa no les haria mucha gracia qme vaya a dar un paseo por ahi... no se si lo suele hacer pero queda de culo... trabajas poco y encima te paseas...
Además ella es conductora, no va a dejar el metro en la estación con la gente dentro e irse a dar una vuelta, si sale de descanso es el que le corresponde.
Que no es por defender a Carla, pero ahí no está haciendo nada que no deba. Trabaje poco o mucho en una reducción de jornada cobras las horas que trabajas y tienes los descansos correspondientes a esas horas según tu convenio. No te lo digo a malas, pri, pero que nos caiga mal Carla no es motivo para tirar por tierra los derechos laborales.
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