CASO ALCASSER

El caso Diana Quer se resolvió con una confesión directa, verificada por hechos contrastables, con un lugar del crimen identificado, pruebas materiales que apuntaban al acusado y sin el nivel de “destrucción” de pruebas o contradicciones que presenta Alcàsser. Por eso, la comparación no me parece del todo justa.


Un saludo


Quería volver sobre este punto.

Al Chicle se le condenó por agresión sexual, sin haberse podido demostrar en absoluto (porque el cadáver estaba totalmente saponificado y aunque bien conservado, los posibles signos de violación habían desaparecido) y él negándolo en todo momento

El lugar del crimen se identificó porque fue donde apareció el cuerpo de Diana, nada más. Él siempre negó que la hubiera violado y matado en la nave industrial donde estaba el pozo.

Vea las diferencias entre lo declarado por el Chicle en el juicio y la posterior sentencia.


El Chicle en el juicio
https://www.elmundo.es/espana/2019/11/12/5dca9d08fc6c8342448b45c0.html



El Chicle declaró que la noche del 22 de agosto de 2016 salió de su casa en la localidad coruñesa de Rianxo para "robar gasóleo" y se dirigió al municipio de A Pobra do Caramiñal, donde se celebraban las fiestas patronales. Estaba en faena cuando se acercó Diana Quer y, cuando la vio a una distancia de unos diez metros, dejó las garrafas y fue hacia ella "para que no me delatara".

En ese momento, según relató en la sala de vistas, pensó que Diana Quer "era una persona de los feriantes", se acercó a ella y le echó la mano derecha al cuello. Ella se fue hacia atrás y, en ese momento, le puso la mano izquierda por detrás de la cabeza y le apretó el cuello. Lo hizo, según explicó, "sin darme cuenta de la presión que hacía". Cuando reaccionó, ya no se movía y a pesar de que le golpeó la cara varias veces para ver si reaccionaba, "no se movía".

La sentencia
https://www.lavozdegalicia.es/defau...8746/Fichero/sentencia-dianaquer-completa.pdf


1- El acusado D. JOSÉ ENRIQUE hacia las 2,44 horas
del día 22/8/16 se hallaba en A Pobra do Caramiñal en la zona
del final del paseo Areal-rúa Venecia-paseo Marlés, en las
proximidades de unas naves industriales abandonadas, en un
lugar oscuro y poco transitado, donde abordó a la víctima DOÑA
de 18 años y que volvía caminando
sola a su domicilio, le arrebató el teléfono móvil y la
introdujo por la fuerza en el maletero del vehículo Alfa Romeo
, perteneciente al acusado y en el que él había
llegado hasta el lugar, donde la sujetó con unas bridas y
amordazó con cinta adhesiva.

El Chicle

Mi intención no era matarla", aseguró, "me asusté y reaccioné así. Sé que lo hice mal, pero reaccioné así". Además, detalló que cuando llegó al lugar en el que pensaba arrojar el cuerpo al mar sí tiró el móvil, pero no el cuerpo porque vio que "había gente en el borde". En ese momento, se acordó de una nave cercana a la casa de sus padres en Asados que conocía porque había ido a robar muebles y decidió llevarla allí y tirarla al interior de un pozo.

La sentencia
2- El acusado condujo su vehículo desde A Pobra do Caramiñal y
cuando cruzaba a la altura de Taragoña el puente sobre la ría
se deshizo del teléfono móvil de , llegando finalmente a
una nave industrial abandonada sita en el lugar de Asados,
Rianxo, lugar carente de luz eléctrica y de luz natural a esas
horas.
3- Allí, teniendo a la joven totalmente a su merced, atada,
sometida y aterrorizada, la desnudó y penetró vaginalmente,
mientras ésta se resistía.

El Chicle

Metió el coche en la nave, sacó el cuerpo sin vida de Diana, la llevó en brazos y la tiró al pozo tras utilizar un cable para abrir la tapa. El cuerpo no se hundía en el agua, sino que quedó flotando boca abajo, así que decidió lastrarlo con dos bloques de cemento, si bien, de todas formas, no consiguió que se fuese al fondo, sino que quedó flotando.

Previamente, le había quitado la ropa, una camiseta, un pantalón corto y el calzado, pero asegura que no le sacó la ropa interior. Lo enrolló, lo metió en el coche y, al día siguiente, arrojó todo a un contenedor en la localidad de Padrón. En cuanto al bolso, asegura que volvió a abrir el pozo y lo tiró al agua.

La sentencia
4- El acusado había colocado en torno al cuello de la víctima
una brida plástica de unos 47 cm de longitud que, con la
intención de matarla para ocultar los hechos anteriormente
descritos, apretó, causando su muerte por asfixia por
estrangulamiento.
5- Tras ello arrojó el cuerpo desnudo de a un pozo lleno
de agua dulce existente en la citada nave industrial, donde
también arrojó el bolso con efectos personales de la víctima.
Cerró el pozo con su tapa, limpió el vehículo y se deshizo de
la ropa de . Al cabo de unos días volvió al lugar y
lastró el cuerpo, para que no emergiera, con unos bloques de
adobe unidos por cables.




Vamos, que las diferencias entre lo que dijo el Chicle y lo que dice la sentencia (VO que llamarían los alcasserologos) es absolutamente distinta.

No hay prueba alguna de que la violara ni de que después la matara para que no contara nada, porque según él murió "por accidente"

Por tanto las confesiones del Chicle son auto-absolutorias y las de Ricart son auto-incumpaltorias, porque la ausencia de pruebas materiales en ambos casos es comparable.



¿Anulamos el juicio y soltamos al Chicle?
 
Quería volver sobre este punto.

Al Chicle se le condenó por agresión sexual, sin haberse podido demostrar en absoluto (porque el cadáver estaba totalmente saponificado y aunque bien conservado, los posibles signos de violación habían desaparecido) y él negándolo en todo momento

El lugar del crimen se identificó porque fue donde apareció el cuerpo de Diana, nada más. Él siempre negó que la hubiera violado y matado en la nave industrial donde estaba el pozo.

Vea las diferencias entre lo declarado por el Chicle en el juicio y la posterior sentencia.


El Chicle en el juicio
https://www.elmundo.es/espana/2019/11/12/5dca9d08fc6c8342448b45c0.html




La sentencia
https://www.lavozdegalicia.es/defau...8746/Fichero/sentencia-dianaquer-completa.pdf



El Chicle



La sentencia


El Chicle



La sentencia





Vamos, que las diferencias entre lo que dijo el Chicle y lo que dice la sentencia (VO que llamarían los alcasserologos) es absolutamente distinta.


No hay prueba alguna de que la violara ni de que después la matara para que no contara nada, porque según él murió "por accidente"

Por tanto las confesiones del Chicle son auto-absolutorias y las de Ricart son auto-incumpaltorias, porque la ausencia de pruebas materiales en ambos casos es comparable.



¿Anulamos el juicio y soltamos al Chicle?

IMG_20220418_015242.jpg

Bon dia.
Pero evidentemente existen aternativas a las pruebas científicas y si no hay ADN o pruebas científicas disponibles, otros tipos de pruebas pueden jugar un papel clave en una condena, en Alca hay una autoinculpación y las autoridades pueden iniciar una investigación para confirmar la veracidad de esa declaración y determinar si hay evidencia suficiente para presentar cargos.
Por ejemplo, en los testimonios o declaraciones de testigos que hayan visto o escuchado algo relacionado con el crimen, en Alca hay un señor llamado Miguel Ricart cantando la marsellesa.

También la existencia de pruebas circunstanciales o evidencias que, aunque no pruebe directamente la culpabilidad, puede sugerir la conexión del acusado con el delito y en Alca, Antonio y Miguelito son los mejores sospechosos que pudo tener la fiscalía.

Reconocimientos de identidad por ejemplo si testigos identifican al acusado de manera confiable en la conexión con el crimen. En Alca, un botón:


En muchos sistemas judiciales, una condena solo debe producirse si la evidencia presentada demuestra la culpabilidad del acusado más allá de una duda razonable. Si no se presentan pruebas científicas, como el ADN, los fiscales deben demostrar la culpabilidad mediante otros tipos de evidencia, y si no logran hacerlo de forma contundente, es probable que se produzca una absolución. Es decir, la ausencia de ADN o pruebas científicas no debería ser motivo suficiente para una condena si no se establece claramente la culpabilidad del acusado.
Por eso la fiscalía de Valencia hizo un grandísimo trabajo aunque es una opinión personal, ya que de no ser por los profesionales, hoy en día Alca sería un caso sin nadie condenado y eso que los himbestigadores alternativos tienen poderosos como culpables y acusados directamente de asesinos sin evidencia de prueba científica contra ellos.

La trampa y el morro que le echan algunos pues....y eso que en un sistema judicial aunque las pruebas científicas son muy útiles y nadie está diciendo lo contrario, no son absolutamente necesarias para una condena, siempre y cuando haya otras pruebas suficientes que demuestren la culpabilidad de la persona, en este caso, un acusado.
 
Hola a tod@s!
Hace mucho tiempo que no entraba en este hilo, me gustaba hacerlo pero lo dejé porque me parecía entonces que para entablar conversación con el resto de foreros o preguntar algo que te lleva rodando en la cabeza desde los '90 tenia que tener la carrera de criminología o haberme leído los miles de folios que tiene el sumario 😒 sigue siendo esto así a día de hoy o si pregunto me tengo que arriesgar a salir "escaldada"?? Es para saber a qué atenerme, más que nada.
Un saludo.
 
Hola a tod@s!
Hace mucho tiempo que no entraba en este hilo, me gustaba hacerlo pero lo dejé porque me parecía entonces que para entablar conversación con el resto de foreros o preguntar algo que te lleva rodando en la cabeza desde los '90 tenia que tener la carrera de criminología o haberme leído los miles de folios que tiene el sumario 😒 sigue siendo esto así a día de hoy o si pregunto me tengo que arriesgar a salir "escaldada"?? Es para saber a qué atenerme, más que nada.
Un saludo.

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