Mujer asesina a su marido en Toledo y se suicida.

Gracias. Y a cuanto asciende la pensión de orfandad en este caso según el código penal? Por lo que he visto en la web de la seguridad social es un 20% de la base de cotización del progenitor fallecido. Pero en el caso de que sea la madre por violencia machista asciende al 70%

Gracias de nuevo
No, en el código penal están tipificados los delitos, no se especifican las ayudas.
Las ayudas y la protección para las víctimas de violencia doméstica. en general, son similares a las de violencia de género. En el caso de orfandad no tengo claro si existe la misma ayuda económica. En todo caso, a lo que sí tienen derecho es a la que establece la ley 35/1995 de ayudas a víctimas de delitos violentos:
Serán beneficiarios ..... b) Los hijos del fallecido, que dependieran económicamente de él, con independencia de su filiación o de su condición de póstumos
c) En los casos de muerte, la ayuda máxima a percibir será de ciento veinte mensualidades del (IPREM.) vigente en la fecha en que se produzca el fallecimiento
 
ya estamos llamando a la seño y chivandose.

Es lo que tiene mentir. Que pueden pillarte.

Gracias a todas por las aportaciones! Es importante aclarar las cosas. Me queda la duda de qué hubiera pasado si la madre sobrevive...

Pobre criatura. Traer a alguien a este mundo para arruinarle la infancia de esta manera. Encima había pedido a una amiga que se lo llevara... me huele a premeditación.
 
¿Alguien que entienda de leyes puedes decirme si eso es así? Yo he hecho una búsqueda rápida en la web de la seguridad social y no veo nada de eso
Lo que sí hay es una presentación de orfandad por violencia contra la mujer en donde puedo ver que la cuantía que se recibe es mayor (se podría debatir sobre eso)
Pero puede ser que se me escape algo…
Sí, es así.

La ley a que hace referencia es una que fija una cantidad indemnizatoria para los hijos de las mujeres asesinadas por sus parejas, pero no para los hijos de los hombres assinados por sus parejas.

Es la cantidad indemnizatoria a la que no tienen derecho si el asesinado es hombre.
La pensión de orfandad si la tienen en ambos casos.
 
¿Alguien que entienda de leyes puedes decirme si eso es así? Yo he hecho una búsqueda rápida en la web de la seguridad social y no veo nada de eso
Lo que sí hay es una presentación de orfandad por violencia contra la mujer en donde puedo ver que la cuantía que se recibe es mayor (se podría debatir sobre eso)
Pero puede ser que se me escape algo…
Lamentablemente se te escapa que toda la legislación española fué modificada para agravar cualquier tipo de delito si era cometido por un hombre contra una mujer con la que mantiene una relación sentimental.
Si te hace un hombre algo malo por ser mujer pero no te acuestas con él, no cuenta.
Para que se aplique es absolutamente necesario que te acuestes con ese hombre.
Si te empuja un hombre con el que no te acuestas, o te intenta secuestrar, o claro, matar después porque lo conoces, y lo denuncias, NO PASA NADA.
Si te insulta y te acuestas con él, denuncialo que duerme esa noche en el calabozo, y luego lo condenan aunque sea a poco, pero tendrá antecedentes penales.
 
Yo también pienso que la cantidad recibida por el niño siempre debería ser la misma. Pero aún así sí que recibe la pensión de orfandad por lo que no es verdad que NO RECIBIRÁ NADA, como indica el título del hilo
Estaría bueno que no reciba la pensión de orfandad.

Solo faltaba que no se le considere huerfano por ser el asesinado un varón y no una mujer.

No recibe NADA de lo que recibiría si su padre, en vez de su madre, hubiera matado al otro progenitor.

Olvidando el art 14 de la CE.
 
Es lo que tiene mentir. Que pueden pillarte.

Gracias a todas por las aportaciones! Es importante aclarar las cosas. Me queda la duda de qué hubiera pasado si la madre sobrevive...

Pobre criatura. Traer a alguien a este mundo para arruinarle la infancia de esta manera. Encima había pedido a una amiga que se lo llevara... me huele a premeditación.
Lo mismo.

No recibiría compensación alguna porque el asesinado es un hombre, y recibiría la pensión de orfandad por fallecer el padre.

Al tener la madre en la cárcel, a la que quitarían la patria potestad por asesina del padre del menor, ...... da igual, porque ya veo que la vida de una muejr y la de un hombre no valen igual para algunas foreras.

¿no debe ser la vida del menor, del niño de 11 años, lo que importe?
 
Cual es exactamente el tema a debatir? Me siento muy confusa...
Es sencillo, que en España los hijos de parejas en las que uno de ellos asesina al otro, se ha establecido una indemnización para los menores (independiente de la la pensión de orfandad legal establecida desde hace más de un siglo) pero SOLO si el asesino es el hombre, y la asesinada la mujer.
Ese es el tema a debatir, la diferencia que se hace entre hombres y mujeres.
 
Por favor, vamos a dejarnos de BULOS. Que algún moderador obligue a modificar el título CAPCIOSO de este hilo.

Ese niño SÍ recibirá su pensión por orfandad.

NO MÁS BULOS. Gracias.
Nadie ha hablado que no va a recibir la pensión de orfandad establecida desde siempre por la Seguridad Social.

Solo faltaba.

Lo que no va a recibir, en trato discriminatorio con los huérfanos de mujeres asesinadas por sus parejas, es la indemnización que reciben los huérfanos de estas mujeres y no los huérfanos (el caso de este niño de 11 años de Toledo) de hombres asesinados por mujeres.

Es fácil entenderlo, otra cosa es negarse a admitir la realidad porque no convenga o se esté de acuerdo con esta ley discriminatoria.
 
Nadie está hablando de la pensión de orfandad, sino de la diferencia de la pensión que reciben a mayores si es violencia machista o es la madre la asesina. Creo que así lo hemos entendido, así que vamos a relajarnos ya con los dichosos bulos
Y ni siquiera eso, la cantidad de dinero que reciben al margen de la pensión de orfandad.
 
Pongo el enlace de lo que he encontrado y solo habla de violencia contra la mujer (he buscado violencia familiar y es lo que me ha salido. Por favor, que alguien experto nos diga qué ocurre en el otro caso, porque sería tremendamente injusto para esos pobres niños.

En el otro caso, pasa como si el padre/madre hubiera muerto en accidente de tráfico: la pensión de orfandad y punto pelota.
 
Lamentablemente se te escapa que toda la legislación española fué modificada para agravar cualquier tipo de delito si era cometido por un hombre contra una mujer con la que mantiene una relación sentimental.
Si te hace un hombre algo malo por ser mujer pero no te acuestas con él, no cuenta.
Para que se aplique es absolutamente necesario que te acuestes con ese hombre.
Si te empuja un hombre con el que no te acuestas, o te intenta secuestrar, o claro, matar después porque lo conoces, y lo denuncias, NO PASA NADA.
Si te insulta y te acuestas con él, denuncialo que duerme esa noche en el calabozo, y luego lo condenan aunque sea a poco, pero tendrá antecedentes penales.
Esto es un bulo que la propia policía ha desmentido:

Por otro lado, la detención y puesta a disposición judicial del presunto agresor NO se da en todos los casos sino en aquellos en los que «la entidad de los hechos y/o la situación de riesgo lo aconseje», tal y como especifica el Protocolo.

 

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