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Si me lo permites:
1)- de acuerdo
2) juridicamente eso no es pruebas concluyentes, al menos no en mi pais
a- ella pudo haber tenido s*x* con él y al dia siguiente haber tenido s*x* con otro
b- y ella puede conocer toda la casa y demas pero no es prueba de que se haya tenido s*x* con él.
esto incluye pasajes etc. etc.
que es muy probable pues si, pero también a lo mejor va como una amiga y nada más y luego quiere dinero andaaaa que se han visto casos
lo unico que queda es que el "hijo" se parece mucho a Iglesias eso si es verdad, pero aún asi.
saludos
Es que no te hacen reconocer la paternidad simplemente por haber tenido relaciones sexuales. Estos juicios no duran un día. El constatar que hubo una relación íntima es el paso previo a que se emita la orden para hacerse un examen de ADN. Esa orden se basa en que hay una duda razonable, luego la prueba de ADN determinará sin dudas si hay paternidad o no. Acá no se juzga el caso por si se parece o no, por si ella era virgen o no, si conoce su casa o no. A él tampoco se lo condena por su grado de promiscuidad. Simplemente si hay indicios fuertes de una relación íntima, que se prueba (o se desmiente) mediante múltiples vías: 1. se da trámite al juicio. 2. Una vez los indicios pasan a ser una seguridad se emite la orden para la extracción de ADN. 3. Todos los afectados saben que el desacato a la orden de extracción del juez es una aceptación implícita de la paternidad.
¿Dónde está lo enredado o injusto del proceso?