Actos con motivo del “Día de las Fuerzas Armadas 2024”

No he dicho que prohíba. He dicho que tiene preferencia el varón sobre la mujer. Hablando de la Constitución. No de una más que superada ley sálica.

Y preferencia, que también ves tú, significa que si hay una chica y luego nace el chico, el chico pasa por delante en el orden de sucesión. Si no hay chicos será la primogénita. Si hay chicos o cambian la Constitución en ese punto o será el primogénito de entre los varones.
No, eso ya no pasará
Primogénitura y punto.
El último caso fue el de Marta Luisa de Noruega, princesa heredera... hasta el nacimiento de su hermano.
Sin embargo, su sobrina sí es la princesa heredera y por el nacimiento de su hermano menor no ni nunca se planteó la cuestión de cambiar el orden.
Lo mismo la heredera belga en relación con sus hermanos.
Preferencia es preferentemente, una opción

No en ningun caso ni obligacion ni prohibición.
 
Al pueblo español no le dieron a elegir entre monarquía y república porque la monarquía perdía y por mucho en las encuestas.
Esa es la realidad por mucho que repitas dos veces la palabra libremente.
Gracias a que tenemos el vídeo de Suárez admitiéndolo si no lo llamaríais teoría de conspiración sin pruebas.
Prima yo, a pesar de haber visto el vídeo tengo muchas dudas al respecto. Es cierto que lo dijo pero después, todos sabemos como terminó.
Por trabajo y en mi familia más o menos cercana, he conocido diversos casos de enfermedades mentales que han acabado en alzheimer y que empiezan con despistes, mentiras o cambios de realidad...
Si lo hubiera escuchado de alguno más, lo creería. Pero si solo ha salido de aquella entrevista con él no, porque además hasta podría ser algo de resentimiento al hacer que dimitiera.
 
Prima yo, a pesar de haber visto el vídeo tengo muchas dudas al respecto. Es cierto que lo dijo pero después, todos sabemos como terminó.
Por trabajo y en mi familia más o menos cercana, he conocido diversos casos de enfermedades mentales que han acabado en alzheimer y que empiezan con despistes, mentiras o cambios de realidad...
Si lo hubiera escuchado de alguno más, lo creería. Pero si solo ha salido de aquella entrevista con él no, porque además hasta podría ser algo de resentimiento al hacer que dimitiera.
No me parece justo achacar sus declaraciones a una enfermedad o a un arrebato. Las declaraciones fueron "off the record", no se iban a emitir y poner pega a solo esa parte de toda la entrevista es ser muy selectivo.
 
No me parece justo achacar sus declaraciones a una enfermedad o a un arrebato. Las declaraciones fueron "off the record", no se iban a emitir y poner pega a solo esa parte de toda la entrevista es ser muy selectivo.
Precisamente esa es mi duda Martha.
Que fueran comentarios "off the record" o que se aprovecharan como tal al emitirlos, sin llegar a ser consciente del alcance...
 
No, eso ya no pasará
Primogénitura y punto.
El último caso fue el de Marta Luisa de Noruega, princesa heredera... hasta el nacimiento de su hermano.
Sin embargo, su sobrina sí es la princesa heredera y por el nacimiento de su hermano menor no ni nunca se planteó la cuestión de cambiar el orden.
Lo mismo la heredera belga en relación con sus hermanos.
Preferencia es preferentemente, una opción

No en ningun caso ni obligacion ni prohibición.
No, mientras no se elimine la preferencia del varón sobre la mujer dentro del mismo grado, si Leonor tiene una hija y luego un hijo, el heredero será él.

Y la mujer del Rey es reina consorte, dignidad de Reina y tiene el tratamiento de Majestad. Cuando Leonor se case su marido no será rey consorte, será el "consorte de la reina" con dignidad de Príncipe y su tratamiento será de Alteza Real.

Si algún día se modifica el Título II de la CE sería otra historia.
 
No, mientras no se elimine la preferencia del varón sobre la mujer dentro del mismo grado, si Leonor tiene una hija y luego un hijo, el heredero será él.

Y la mujer del Rey es reina consorte, dignidad de Reina y tiene el tratamiento de Majestad. Cuando Leonor se case su marido no será rey consorte, será el "consorte de la reina" con dignidad de Príncipe y su tratamiento será de Alteza Real.

Si algún día se modifica el Título II de la CE sería otra historia.
En España, los consortes son igualmente Su Majestad.
En España, solo hay una posibilidad de ser principe/princesa y es el título de Príncipes de Asturias, que es el heredero/a y su cónyuge.
Por tanto, el marido de Leonor será Su Majestad y sus hijos , un solo príncipe /princesa de Asturias y el resto, igualmente hijos de Sus Majestades los Reyes de España, serán Infantes de España.

Preferencia es una ventaja pero, en ningún caso, una obligación ni una imposición.
Si el primer hijo de Leonor siendo Reina es un niño, será el Príncipe de Asturias. Si su primer hijo siendo Reina es una niña, será la Princesa de Asturias.
Independientemente de que tenga más hijos, que siempre serán Infantes.

Lo mismo que mientras sea Princesa de Asturias y no sea reina, todos sus hijos son Infantes de España.
Los hijos de la Infanta Sofía, no.
Leonor también ha sido Infanta Leonor mientras su padre era el Príncipe de Asturias.
 
En España, los consortes son igualmente Su Majestad.
En España, solo hay una posibilidad de ser principe/princesa y es el título de Príncipes de Asturias, que es el heredero/a y su cónyuge.
Por tanto, el marido de Leonor será Su Majestad y sus hijos , un solo príncipe /princesa de Asturias y el resto, igualmente hijos de Sus Majestades los Reyes de España, serán Infantes de España.

Preferencia es una ventaja pero, en ningún caso, una obligación ni una imposición.
Si el primer hijo de Leonor siendo Reina es un niño, será el Príncipe de Asturias. Si su primer hijo siendo Reina es una niña, será la Princesa de Asturias.
Independientemente de que tenga más hijos, que siempre serán Infantes.
Lo mismo que mientras no sea reina, todos sus hijos son Infantes de España
Leonor también ha sido Infanta Leonor mientras su padre era el Príncipe de Asturias.

No es por enrocarme en una discusión contigo, pero te equivocas, hay preferencia, que no significa elección, en el varón sobre la mujer dentro del mismo grado. De hecho si Felipe hubiese tenido un tercer hijo, varón, el heredero hubiera sido él, no Leonor.

Y en cuanto a los títulos, dignidades y tratamientos de los consortes del Rey y la Reina basta mirar el BOE, concretamente el Real Decreto 1368/1987, de 6 de noviembre, sobre régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los Regentes, artículo 1, copio y pego literalmente:

Artículo 1.

1. El titular de la Corona se denominará Rey o Reina de España y podrá utilizar los demás títulos que correspondan a la Corona, así como las otras dignidades nobiliarias que pertenezcan a la Casa Real. Recibirá el tratamiento de Majestad.

2. La consorte del Rey de España, mientras lo sea o permanezca viuda, recibirá la denominación de Reina y el tratamiento de Majestad, así como los honores correspondientes
a su Dignidad que se establezcan en el ordenamiento jurídico.

3. Al consorte de la Reina de España, mientras lo sea o permanezca viudo ,corresponderá la Dignidad de Príncipe. Recibirá el tratamiento de Alteza Real y los honores correspondientes a su Dignidad que se establezcan en el ordenamiento jurídico.
 
No es por enrocarme en una discusión contigo, pero te equivocas, hay preferencia, que no significa elección, en el varón sobre la mujer dentro del mismo grado. De hecho si Felipe hubiese tenido un tercer hijo, varón, el heredero hubiera sido él, no Leonor.

Y en cuanto a los títulos, dignidades y tratamientos de los consortes del Rey y la Reina basta mirar el BOE, concretamente el Real Decreto 1368/1987, de 6 de noviembre, sobre régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los Regentes, artículo 1, copio y pego literalmente:

Artículo 1.

1. El titular de la Corona se denominará Rey o Reina de España y podrá utilizar los demás títulos que correspondan a la Corona, así como las otras dignidades nobiliarias que pertenezcan a la Casa Real. Recibirá el tratamiento de Majestad.

2. La consorte del Rey de España, mientras lo sea o permanezca viuda, recibirá la denominación de Reina y el tratamiento de Majestad, así como los honores correspondientes
a su Dignidad que se establezcan en el ordenamiento jurídico.

3. Al consorte de la Reina de España, mientras lo sea o permanezca viudo ,corresponderá la Dignidad de Príncipe. Recibirá el tratamiento de Alteza Real y los honores correspondientes a su Dignidad que se establezcan en el ordenamiento jurídico.
Pues cambiarán ese decreto del año 1987 porque no existe ningún título de príncipe en España salvo el de Príncipe de Asturias.
 
Pues cambiarán ese decreto del año 1987 porque no existe ningún título de príncipe en España salvo el de Príncipe de Asturias.
A día de hoy es legislación consolidada y es lo que hay. Hace muchos años que habría que habido que modificar toda la legislación relacionada con la Corona, pero meterse con el Título II de la CE supone una reforma constitucional por el procedimiento agravado, con disolución de las Cortes y demás, y no es un tema fácil de gestionar.
 
A día de hoy es legislación consolidada y es lo que hay. Hace muchos años que habría que habido que modificar toda la legislación relacionada con la Corona, pero meterse con el Título II de la CE supone una reforma constitucional por el procedimiento agravado, con disolución de las Cortes y demás, y no es un tema fácil de gestionar.
En este tema, no hay nada que tocar en la Constitución.
Preferencia no es obligación y es el Gobierno quien nombra, en consenso con Casa Real, por Real Decreto quien es heredero y quien no de los futuribles hijos de Leonor.
 
En este tema, no hay nada que tocar en la Constitución.
Preferencia no es obligación y es el Gobierno quien nombra, en consenso con Casa Real, por Real Decreto quien es heredero y quien no de los futuribles hijos de Leonor.

Sí habría que modificarla y em todo caso no sería por Real Decreto, sino ley orgánica. Y la propia Constitución es la que en primer lugar habla de la Reina consorte o el consorte de la Reina. Pero vamos, lo que tú digas, me parece absurdo discutir hechos objetivos y tan fáciles de constatar.
 
Sí habría que modificarla y em todo caso no sería por Real Decreto, sino ley orgánica. Y la propia Constitución es la que en primer lugar habla de la Reina consorte o el consorte de la Reina. Pero vamos, lo que tú digas, me parece absurdo discutir hechos objetivos y tan fáciles de constatar.
Desde mi punto de vista, no hay nada que modificar en el título sobre la monarquía en la Constitucion. Porque la ley orgánica se desarrolla o subsana por Real Decreto.
Que no estaba prevista la abdicacion y por Real Decreto se subsanó, sin necesidad de cambiar nada.
Lo mismo lo de la preferencia que no imposición.
 

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