La verdad a mí no me queda claro hasta qué punto de puede legislar algo que va totalmente en contra de la protección de datos más básicos de la persona y que atenta contra el derecho a la intimidad personal y familiar.
Que opinas del modelo de "los donantes gestionan que datos sí se comparten y cuáles no" y de los modelos híbridos tipo Dinamarca, donde hay donantes anónimos y donantes no anónimos?